Eliminan requisito para pensión

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Ciudad de México, 18 de Junio.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó el requisito de permanencia de tres años en el mismo puesto para calcular el monto de la pensión por jubilación, como lo establecía la nueva Ley del ISSSTE.

De último momento, cinco ministros fueron convencidos por los argumentos de la otra mitad del pleno para declarar inconstitucional la fracción normativa que establecía que la pensión se calcularía con base en un mínimo de tres años de recibir el mismo sueldo, o de lo contrario se promediaría con el salario inmediato anterior.

Con una votación de ocho contra dos, los ministros determinaron que la disposición es inconstitucional, pues afecta la preservación de la calidad de vida de los trabajadores, y por lo tanto su pensión tendrá que calcularse bajo el sistema anterior, que toma en cuenta el salario obtenido durante el último año.

Cabe mencionar que esa resolución sólo beneficiará a los quejosos que interpusieron un amparo contra la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Sin embargo, a los trabajadores que en un futuro se les aplique la nueva ley pueden obtener la protección de la justicia federal con base en la jurisprudencia que se genere con la resolución de los amparos y cotizar su pensión con base en el sistema anterior.

Como parte de los temas que analiza la SCJN con relación a los amparos promovidos contra la nueva ley, los ministros discutieron la constitucionalidad de los aspectos que contiene el Artículo 10 Transitorio, y entre ellos se consideraba el aumento de años con el mismo salario para calcular la pensión.

El presidente de la SCJN, Guillermo Ortiz Mayagoitia, fue quien impulsó el tema en la sesión de este miércoles, y a pesar de que en un principio sólo encontró respaldo en dos compañeros, al final cinco ministros más se unieron a su argumento y declararon inconstitucional la Fracción Cuarta de dicho artículo.

En sus argumentos, Ortiz Mayagoitia manifestó que la nueva disposición no garantiza “una salida que permita mantener el estándar de vida digna a que el trabajador está acostumbrado”, y que la aplicación de la porción de la ley afecta más al trabajador.

Entre las opiniones que convencieron a los demás integrantes del máximo tribunal, resalta que con el nuevo sistema “entre más largo el tiempo (de recibir el mismo sueldo) más se afecta al trabajador”, debido a que incrementa la condición y el tiempo promedio del sueldo en caso de no conservar el salario durante tres años.

En un principio, ministros como Sergio Aguirre Anguiano y Mariano Azuela, consideraban que la condición de tres años permitía eliminar viejas prácticas burocráticas en las que con la intención de que un trabajador gozara de una mejor pensión, se le ascendía de puesto o aumentaba el sueldo.

Aguirre Anguiano dijo que el nuevo requisito “está rompiendo con un pasado”, que en la vieja usanza no tenía razonabilidad, en tanto que Azuela Güitrón refirió que en sus años de servidor público vio como “a gentes ineptas” se les aumentaba el sueldo con el propósito de que se fueran, en detrimento de otros trabajadores.

En la votación preliminar, la Corte reconoció la responsabilidad del Estado de asumir las pensiones de los trabajadores en retiro, sin embargo, al cambiar su voto, Sergio Aguirre puntualizó que debe protegerse a los trabajadores de fenómenos inflacionarios.

La SCJN resolvió también que se analizará el Artículo 10 Transitorio en el entendido de que sólo regula la transición entre el anterior y el nuevo sistema de pensiones, en lo que se refiere a la seguridad social y pensiones por cesantía por edad avanzada, años de cotización y de servicio, las cuales deben vincularse al régimen anterior.

En la siguiente sesión que se llevará a cabo este jueves, el pleno del alto tribunal analizará si es válida la eliminación de los 12 meses de pensión y la gratificación o aguinaldo a los pensionados.

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