Aprueba causales nulidad elección

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Ciudad de México, 20 de Junio.- El pleno del Senado avaló reformas a las leyes secundarias en materia electoral, las cuales establecen las causales para anular las elecciones presidencial, de senadores y diputados.

Sin embargo, del dictamen enviado por los diputados, los senadores eliminaron, como causas de nulidad en la elección presidencial, rebasar los topes de campaña y usar recursos públicos, con el argumento de que iban mal redactadas.

De esa forma, con modificaciones al dictamen que fue enviado por la Cámara baja, se aprobaron dichas reformas a leyes secundarias en materia electoral con 69 votos a favor, 25 en contra y tres abstenciones.

Lo senadores avalaron como causal de nulidad para la elección presidencial: que se presenten irregularidades en al menos 25 por
ciento de las casillas en el territorio nacional, y que no se hayan corregido en el recuento de votos.

Además, en el caso de que el candidato ganador de la elección resulte inelegible y que en el territorio nacional no se instalen 25
por ciento o más de las casillas, y consecuentemente la votación no hubiese sido recibida.

Las reformas a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, fortalecen al Tribunal Electoral, al establecerse cinco Salas Regionales que trabajarán de forma permanente.

“Las Salas del Tribunal Electoral podrán declarar la nulidad de una elección de diputados, senadores o presidente de la República,
cuando en forma generalizada se haya incurrido en violaciones sustanciales en la jornada electoral, en el distrito o entidad de que
se trate”, destaca el dictamen.

En el caso de las elecciones para diputados federales y senadores, habrá anulación cuando “se acrediten irregularidades en
por lo menos 20 por ciento de las casillas en el distrito de que se trate y que no se hayan corregido durante el recuento de votos”.

Asimismo, cuando no se instale 20 por ciento o más de las casillas en el distrito de que se trate, y consecuentemente la
votación no hubiere sido recibida.

Entre las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se destaca que el Tribunal Electoral contará con cinco
Salas Regionales que se integrarán con tres magistrados.

Dichas salas podrán conocer de conflictos de elecciones municipales y de diputados locales.

También se aprobó que para aspirar al cargo de magistrado electoral deberá acreditarse conocimiento en Derecho Electoral, no
haber sido candidato a cargo de elección popular ni ser dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los
últimos seis años.

Al fundamentar el voto contra su bancada, los perredistas Pablo Gómez y Arturo Núñez reprocharon que no se hayan incluido como causas de nulidad en la elección presidencial el uso de recursos públicos y el rebase de topes de campana.

En tanto, el panista Alejandro González aseguró que su partido no está contra esas causales, las cuales podrían ser reglamentadas en otro periodo con más tranquilidad.

El dictamen fue regresado a la Cámara baja para sus efectos constitucionales correspondientes.

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