15 años cárcel a traficantes personas

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Ciudad de México, 28 de Agosto.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, la cual contempla penas de 10 a 15 años de prisión y hasta 15 mil días de salario mínimo, aún cuando hubiere consentimiento de la víctima.

Además, las penas aumentarán 50 por ciento más de la sentencia cuando el agraviado sea menor a los 18 años de edad, o no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho.

El presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la ALDF, Daniel Ordóñez Hernández, explicó que comete el delito de trata de personas quien induzca, promueva, capte, reclute, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, mantenga, entregue o recibe para sí o un tercero a una persona, recurriendo a la coacción física o moral, a la privación de la libertad, al engaño o abuso del poder.

Las sanciones económicas o de prisión se harán efectivas, sin disminución alguna, aún cuando el responsable confiese su participación en el delito, el cual estará considerado como grave, agregó el diputado perredista.

Resaltó que las sanciones se incrementarán en 50 por ciento cuando se trate de una asociación delictuosa, cuando el responsable tenga una función pública, sea un ministro de culto religioso, sea extranjero o tenga injerencia jerárquica sobre el agraviado en el ámbito laboral, docente doméstico, médico o de cualquier otra índole.

El diputado Ordóñez Hernández resaltó que en los casos antes citados, se destituirá o inhabilitará al responsable o para desempeñar el cargo, comisión o profesión, hasta por un tiempo igual al de la pena privativa de la libertad impuesta.

Cuando tres o más personas se organicen de forma reiterada o permanente para cometer el delito de trata de personas, se les impondrá además de las penas que corresponden por el mismo, de cuatro a 10 años de prisión y de mil a mil 500 días de multa.

Aún cuando no se consuma el delito, pero exista la tentativa del mismo, se sancionará con pena de prisión, que no será menor a la pena mínima y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima prevista para el delito consumado.

Cuando una persona sentenciada sea penalmente responsable de la comisión del delito, el juez deberá condenarla también al pago de la reparación del daño a favor de la víctima, la cual incluirá costos del tratamiento y psicológico, terapia, costos del transporte, alimentación, vivienda provisional, ingresos perdidos.

Rosalba Amezcua, reportera


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